ENRIQUE L. ABATTI – IVAL ROCCA (H)
CONTRATOS INMOBILIARIOS
PRÓLOGO (Por
Jorge H. Alterini)
Los
autores han transitado nuevamente un camino que conocen con profundidad y en el
que han cosechado un generalizado reconocimiento, el de la elaboración de
múltiples modelos de contratos y de otras situaciones jurídicas. En esta
oportunidad han puesto el acento en manifestaciones del llamado derecho
inmobiliario, mediante una labor inteligente que supone un esfuerzo prolongado,
pero que se vio facilitada por su conocida solvencia en esa temática.
La
elaboración de modelos, recrea la importancia de los prototipos, que por su
entidad arquetípica necesariamente estimulan su adopción por quienes se
encuentran frente a un plexo fáctico semejante al imaginado por los autores.
Como una suerte de esquemas, cumplen una función de esclarecimiento, que permite
apreciar, desde la óptica de quienes los redactaron, las líneas y caracteres
más significativos de los institutos, los que no deben ser olvidados en la
autorregulación por los interesados inmersos en la peculiar casuística que
afrontan.
El
tratamiento de instituciones clásicas como la compraventa, la donación, el
corretaje, la locación o el comodato, coexiste con el de figuras unidas a las
nuevas formas de contratación, así el fideicomiso, o las vinculadas con clubes
de campo o barrios cerrados. A estos conjuntos inmobiliarios se los configura
en el contexto del recomendable régimen de la propiedad horizontal, aunque
deban propiciarse las necesarias adecuaciones legislativas, siempre en la
esfera de ese derecho real, como las que incorporaron las Comisiones
Redactores, que integré, de los Proyectos de Unificación Legislativa Civil y
Comercial de
En
aras de compatibilizar las oscilaciones de la realidad económico-social con las
exigencias de la seguridad jurídica, han previsto senderos de negociación que
asuman la eventualidad de que desaparezca la prohibición legal de indexar, a
través de la introducción de cláusulas de actualización cuyos efectos queden en
suspenso hasta entonces. Específicamente para la locación, propugnan que en el
presente la actualización de los alquileres se efectúe, entre otros mecanismos,
a través de pactar prestaciones con el carácter de obligaciones alternativas
con facultad de elección por el locatario, o alquileres escalonados, o
calculados sobre porcentajes de las ventas, o por el que llaman “canon cuotativo”.
El
aporte en análisis es una calificada expresión de la praxis, porque los
contenidos teóricos se materializan en la experiencia real, y aun en esa
vivencia la práctica no se independiza de la teoría, porque se conforma una
verdadera práctica teórica, donde el pensamiento discursivo no se disfuma, pues
no se limita a orientar la expresión práctica desde una dimensión distinta,
sino que se articula íntimamente en ella.
Contrariamente
a lo que podría pensarse con un enfoque superficial, modelos como los que nos
ocupan pertenecen al campo científico, en tanto hacen las veces de herramientas
que permiten la verificación y comprobación de las ideas básicas que los
sustentan.
La
riqueza del material ofrecido será advertida por abogados, escribanos,
contadores, ingenieros, arquitectos; también por administradores de consorcios
de propiedad horizontal, martilleros, corredores, empresarios de la construcción
e inversores.
JORGE
HORACIO ALTERINI